Durante el juicio abreviado, el imputado reconoció circunstanciadamente el hecho denunciado y la pena acordada entre las partes.
El juez le fijó al acusado una serie de obligaciones que deberá cumplir durante dos años para mantener la modalidad de la condena: fijar domicilio y comunicar todo cambio al tribunal abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas someterse a un tratamiento psicológico en un centro de salud cercano a su domicilio y presentar constancias prohibición de acercamiento a menos de 200 metros de la denunciante y de mantener contacto con ella por cualquier medio.
Durante la audiencia, la defensa del acusado solicitó que, como la víctima viaja habitualmente a Joaquín V. González debido a que allí viven sus padres, se le imponga a ella prohibición de acercamiento al acusado “a los fines de evitar inconvenientes”.
La fiscalía se opuso al planteo recordando que oportunamente se le habían dictado medidas al imputado y entendiendo que este tipo de restricciones sólo deben ser dirigidas a quien resulta condenado, no así a la víctima. El juez le dio la razón al fiscal.
Condenado por abuso sexual simple deberá mantenerse alejado de la víctima

Un joven de 23 años, músico residente en Joaquín V. González, resultó condenado a seis meses de prisión condicional por el delito de abuso sexual simple.