Anta : Investigación Una víctima de abuso en peligro

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Anta : Investigación Una víctima de abuso en peligro
Anta : Investigación Una víctima de abuso en peligro

Una adolescente declaró ante la justicia anteña contra un hombre de 46 años que la había mantenido cautiva bajo amenazas de muerte en una casa de las Lajitas donde sufrió violencia física y psicológica, abusos reiterados, un embarazo y una práctica de aborto forzada. Hoy podría encontrarse en peligro porque su agresor fue puesto en libertad. Estos delitos contra la integridad de la menor se cometieron en el lapso de dos años, desde que tenía 13. La situación habría sido detectada en mayo de 2017 por la Asesora de Incapaces del distrito Sur, la Dra María Zenzano Poma. La causa se caratulaba como “corrupción de menores” contra Jorge Bejarano y cambió a “estupro”. Esa modificación se hizo después de que la Dra Dana Segovia que patrocina a Bejarano pidiera un juicio abreviado. El fiscal penal Gonzalo Gómez Amado que debe hacer la acusación en este caso solicitó la libertad del acusado. El juez de garantías Sebastián Guzmán dio lugar a esos pedidos y habría denegado una apelación planteada desde la Asesoría de Incapaces. Ahora en el Tribunal de Impugnación de Salta se debe resolver un “recurso en queja por denegación de apelación” presentado por la Dra María Zenzano Poma.

Uno de los datos obtenidos como informacion es que tanto la Fiscal de Impugnación, Dra María Josefina David, como el Vocal del Tribunal de Impugnación, Dr Antonio Silisque, habrían pedido los expedientes para su revisión a la fiscalía penal de Anta y al Juzgado de Garantías pero estaría demorado el envío de los mismos.

Según fuentes judiciales, por este caso produjo un quiebre interno en la justicia de Anta debido a que la Asesora de Incapaces, la Dra Zenzano Poma, la Jueza de primera Instancia en lo Civil, Comercial, De Personas y de Familia, la Dra Patricia Rahmer y el Defensor Civil, el Dr Virgilio Varela no están de acuerdo con la forma en la que se resolvió el caso por parte del Fiscal penal, el Dr Gonzalo Gómez Amado y del Juez de Garantías, el Dr Sebastián Guzmán.

El 10 de octubre la Dra. Zenzano Poma planteó el pedido de nulidad del requerimiento a Juicio presentado por el fiscal Gómez Amado. En el documento la Asesora de Incapaces manifiesta que se opone al juicio abreviado, a la revocación de la prisión preventiva y al otorgamiento de la libertad del imputado. Sostiene que se “omitió investigar los elementos que surgen de la declaración de la víctima en Cámara Gesell con fecha del 28 de julio…omitiendo velar por la correcta aplicación de la ley de fondo y adjetiva, situación que podría acarrear la frustración de la investigación penal por no haber llevado a cabo las diligencias necesarias tendientes a descubrir la verdad real sobre los extremos de la imputación delictiva”
La Dra. Zenzano Poma pidió un control de Legalidad de la Investigación penal preparatoria. Respecto a la carátula de la causa dice que la calificación efectuada en un primer momento “fue sostenida para la prisión preventiva”. Manifiesta que la modificación de la calificación legal “Corrupción de menores”, (prevista en art 125 del código penal) por “Estupro” (art 120 CP) debe anularse. El argumento esgrimido por Zenzano Poma es que el Estupro “es una figura delictual subsidiaria, menos grave que se aplica en el caso de que no exista una figura de mayor gravedad para el caso”.
Desde la Asesoría de Incapaces sugieren en cambio que la causa se debe “encuadrar en el delito de corrupción de menores agravado por el modo, amenazas (Art 125 tercer párrafo) en concurso ideal con abuso sexual con acceso carnal continuado (art 119 tercer párrafo) en concurso real con lesiones (Art 89 del Código Penal), privación ilegítima de la libertad (Art 142 de Código Penal) y aborto (Art 85 del Código Penal). Todos estos delitos en el contexto de la violencia de género. Se pide aplicar la ley nacional 26485, el art 16 inc I con el beneficio de la Amplitud probatoria, la ley provincial 7888 y el Corpus Lurex”. De este modo afirman que se debió ampliar la imputación y ampliar el requerimiento a juicio. Se oponen al pedido de sobreseimiento de Jorge Bejarano y sostienen que en el expediente “hay pruebas suficientes para acreditar la probabilidad de la existencia del delito de corrupción de menores”… Fundamentan además que “Por haberse producido los hechos delictivos dentro del contexto de la violencia de género no resulta aplicable el instituto del Juicio Abreviado… por las obligaciones asumidas por el Estado Argentino en la Convención Belem Do Pará, ley 26.632 en lo que hace a la obligación de investigar, erradicar, prevenir y sancionar toda forma de discriminación contra la mujer citando la jurisprudencia del caso “Góngora”

La vulneración de derechos a una niña y los instrumentos de un estado que se muestran insuficientes para la protección de su integridad. En entrevista con el Fiscal Gomez Amado, señala que la menor se encuentra en un estado de vulnerabilidad pero desde antes del caso que se investiga en estos momentos. A los 12 años, fue víctima de un primer abuso. Según datos brindados por el fiscal en ese caso existían pruebas evidentes, con constatación de ADN, pero un Tribunal compuesto por el Dr Ramón Hadad, el Dr Sebastián Fucho, y la Dra Carolina Poma resolvió dar lugar “a la duda” y otorgarle la libertad al imputado. A los 13 años, la víctima que debía haber sido asistida, acompañada y protegida por el estado, vuelve a quedar expuesta a circunstancias de violencia ejercidas por otro hombre. La situación es detectada recién dos años después, interviene la Asesora de Incapaces, se hace una protección de persona y se deriva a la menor a un Centro de Inclusión de la Secretaría de Niñez y Familia de la provincia el 27 de junio. Al día siguiente habría habido una “fuga”, el acusado Bejarano la habría ido a buscar. Lo detienen entonces por “corrupción de menores”. La niña vuelve al Centro de Inclusión donde permaneció tres meses.

La víctima pasó por tres Cámaras Gesell, según el fiscal Gómez Amado esto constituye una revictimización. El abogado Luis Pablo Ibañez que antes defendía a Bejarano mencionó sin embargo que ni el Fiscal ni sus auxiliares asistieron a las dos primeras cámaras violando de ese modo el principio de inmediatez de prueba. En esas primeras cámaras la niña no habría acusado a Bejarano sino a su madre, esto produjo que se la imputara por “Facilitación de la prostitución”, que permaneciera detenida y luego con prisión domiciliaria. En la tercera cámara Gesell recién acusa a Bejarano y expresa los sometimientos a los que estuvo expuesta. La adolescente fue restituida a la madre por la Secretaría de Niñez Y Familia. Según datos obtenidos por fuentes judiciales, la asesora habría denunciado al padre pero no se promovió la acción legal, debido a que la niña habría sido llevada por él a la casa que alquilaba Bejarano para verla. Un informe del Centro de Inclusión dice que la menor manifestó “que habría declarado como responsable a su progenitora de ser prostituida por influencia del sr Bejarano quien habría contratado al Dr Ibañez como abogado, este último la habría preparado previamente sobre lo que debería manifestar en Cámara Gesell, ´el abogado no sabía que yo estaba mintiendo, él creía que mi mamá me prostituía´. Según su discurso la madre no permitía la relación debido a la diferencia de edades y a los comportamientos violentos del Sr Bejarano con la joven…”. En el mismo informe la menor dice que en el tiempo de convivencia con Bejarano “habrían sucedido situaciones de violencia física, golpes”, y amenazas “me quedaba también por los perros, él los quería matar, vigila mi casa, a mí… y me dijo que iba a matar a mi mamá, incendiar la casa o matarme a mí”.

La abogada defensora de Jorge Bejarano es en la actualidad la Dra Dana Segovia. Su esposo Carlos Ferro Podestá, quien sería primo del fiscal Gómez Amado le propinó una brutal golpiza al Dr Luis Pablo Ibañez cuando salía de dar una entrevista en una radio de J. V. González. Ibañez denunció como autor intelectual de esa agresión al fiscal. Tras ese hecho se pudo seguir el hilo de la “Causa Bejarano” que había sido mencionada por Ibañez. En la entrevista radial Ibañez habría hecho mención a una denuncia que realizó en agosto contra el fiscal Gómez Amado por cohecho y tráfico de influencias en la causa donde se acusa a Bejarano a quien representó en otras instancias del proceso.

La víctima es de una familia pobre, desprotegida ante la violencia machista en un entramado de poder político, judicial y económico. Bejarano es oriundo de Coronel Mollinedo en Anta, sería hermano de un concejal de Jujuy, y sostienen que también sería multimillonario. De acuerdo a entrevistas realizadas por este medio a personas cercanas a la víctima, manifiestan mucho temor por la integridad de la adolescente debido a que Bejarano se encuentra en libertad.


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