JVG: DONACIÓN DE TIERRAS DE LA FAMILIA ARIAS

- LOCALES

JVG: DONACIÓN DE TIERRAS DE LA FAMILIA ARIAS
JVG: DONACIÓN DE TIERRAS DE LA FAMILIA ARIAS

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA DECRETA.

ARTÍCULO 1º.- Acéptase la donación efectuada por los señores Cecilia Eduvigis Arias de D'ormea, D.N.I Nº 6.194.554 y Víctor Juan Arias, D.N.I Nº 7.237.651, de la fracción de cinco
hectáreas del inmueble de mayor extensión identificado como Matrícula Nº 16.953 de la Localidad de Joaquín V. González, Departamento Anta, identificada en el croquis Anexo al
presente instrumento, la cual será destinada a la construcción de viviendas, adjudicación en venta de lotes con servicios a grupos familiares inscriptos en la Subsecretaría de Tierra y Hábitat y radicación de establecimientos de uso público con el cargo de que el Poder Ejecutivo no inicie juicio de expropiación en el marco de la Ley Nº 7875, ni realice acto posesorio sobre la fracción del inmueble referido sujeta a expropiación en virtud de la citada Ley y gestione en el término de tres meses de cumplido el plazo previsto en el artículo 33 de la Ley Nº 2614 (original Nº 1336), el respectivo decreto que declare abandonada la
expropiación dispuesta mediante Ley Nº 7875 y la cancelación del gravamen respectivo ante la Dirección General de Inmuebles.

ARTÍCULO 2º.- Agradézcase a los señores Cecilia Eduvigis Arias de D'ormea, D.N.I Nº 6.194.554 y Víctor Juan Arias, D.N.I Nº 7.237.651, la donación efectuada, la que redundará
en beneficio de la comunidad.

ARTÍCULO 3º.- A través de la Dirección General de Tierra y Bienes, dependiente de la Secretaría de Tierra y Bienes del Ministerio de Infraestructura, Tierra y Vivienda, anótese la
donación dispuesta, debiendo gestionar la respectiva escrituración en Escribanía de Gobierno y proceder al registro por ante la Dirección General de Inmuebles.

ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Infraestructura, Tierra y Vivienda y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

URTUBEY - Saravia - Simón Padrós


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