
El Quebrachal: “Golpe al bolsillo a los quebrachaleños”

Los ediles, encabezados por la Prof. Emilce Contino, argumentan la iniciativa en los considerandos del proyecto, señalando que en fecha 06 del mes de enero del presente año dos mil dieciocho, fue dada en la sede de la administración municipal de El Quebrachal la Ordenanza Tarifaria Anual 2.018 como Ordenanza Nº 002/18 con la firma de la Concejal Marcela del Valle Leguina, Presidente del Concejo Deliberante, avalada con la rúbrica de la Secretaria Ramona Liliana Gerez y refrendando el acto administrativo con la firma del Sr. Leonardo Fabián García, Intendente de la Municipalidad de El Quebrachal. Esta normativa establece que “encontrándose en receso el Concejo Deliberante y ante la urgente necesidad de contar con la normativa actualizada para el cobro de los distintos tributos municipales, etc., resultan aplicables las disposiciones contenidas en el inc. 32 del art. 30 de la Ley 1.349 y sus modificatorias”. Es de destacar que el municipio de El Quebrachal no tiene Carta Orgánica, y por eso se rige por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 1.349/06 que precisamente en el citado inc. 32 del art. 30 expresa textualmente que: “En situaciones de extrema urgencia, catástrofes, fuerza mayor o cualquier imprevisto que no permitan dilaciones y resultare imposible reunir al Concejo Deliberante o éste se encontrare en receso, los Intendentes podrán sancionar y promulgar ordenanzas “ad referendum” de los Concejos Deliberantes o Poder Ejecutivo debiendo comunicarlo dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de su promulgación. Los Concejos Deliberantes las considerarán dentro de los treinta días, a cuyo vencimiento, sin oposición, quedarán automáticamente aprobadas”. En este sentido, los concejales de la oposición señalan que el Intendente Leonardo García ha incumplido con la normativa vigente, puesto que: 1.- El Municipio de El Quebrachal no se encuentra en situación de extrema urgencia, gracias a Dios no han ocurrido catástrofes, fuerza mayor o cualquier otro imprevisto. 2.- No resultaba imposible reunir al Concejo Deliberante a pesar de que la institución legislativa municipal estaba en receso, por cuanto todos los Concejales se encontraban en ese momento residiendo en el municipio y el Departamento Ejecutivo podía convocar a Sesiones Extraordinarias, según lo establece el Art. 9 del Reglamento Interno del Concejo Deliberante de El Quebrachal. 3.- El Sr. Intendente jamás dispuso que la Ordenanza Nº 02/18 sea sometida “ad referendum” del Concejo Deliberante, y nunca cumplió con su deber de comunicarlo al Cuerpo de Concejales dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de su promulgación. 4.- Que por esa razón, el Concejo Deliberante estuvo imposibilitado de considerar la Ordenanza Tarifaria Anual 2.018 dentro de los treinta días que estipula la norma, debido al ocultamiento de la información del acto administrativo. Además, agregan que resulta llamativo y paradójico que la Ordenanza Nº 02/18 fuera sancionada el 6 de enero, un día no laborable para la administración pública municipal, puesto que este año el Día de Reyes Magos cayó un sábado. Esto motiva el rechazo de la Ordenanza Tarifaria Anual 2.018, en todos su términos y Anexos por estar viciada de nulidad y por ser manifiestamente inconstitucional. Al respecto, Emilce Contino manifestó a través de las redes sociales que: “Ejerciendo la representatividad política que nos ha confiado la ciudadanía, no estamos dispuestos a consentir un aumento en las tasas y contribuciones de servicios o mejoras ya que es sabido que atravesamos una difícil situación económica en el país, en la provincia y en el municipio, con “tarifazos” exorbitantes en servicios básicos y esenciales como son la luz y el agua, que han resentido la economía familiar, sobre todo de los hogares humildes, razón por la cual no vamos a permitir otro golpe en los bolsillos de los vecinos de El Quebrachal”.
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